Los trámites burocráticos son esos caballos de batalla que asustan al más voluntarioso y dispuesto emprendedor. Conscientes de los problemas y ralentizaciones que provoca, desde el Gobierno central se han propuesto eliminar algunas trabas burocráticas para agilizar y apoyar la actividad emprendedora de los españoles. Así pues, se ha aprobado la regularización de la constitución de sociedades en doce horas mediante su inscripción telemática.

El Real Decreto Ley, aprobado el pasado 25 de mayo y relacionado con la Ley de Emprendedores de 2013, permite que los plazos de constitución se acorten de una forma bastante drástica. Como no es oro todo lo que reluce, de momento esta medida sólo afectará a las sociedades de responsabilidad limitada. Para realizar la inscripción, los interesados deberán utilizar escritura pública y estatutos tipo, mediante el DUE (Documento Único Electrónico) y a través del sistema de tramitación telemática del CIRCE.

De esta forma, el plazo se reduce considerablemente. El otorgamiento de la escritura pública se reduce a sólo doce horas hábiles y los de calificación e inscripción en el Registro Mercantil a sólo seis horas hábiles. Al tratarse de horas hábiles, puede ser que el proceso se alargue más de los dos días habituales puesto que pueden tocar fines de semana o días festivos de por medio.

Para que este proceso sea posible, el Gobierno ha puesto en marcha la Agenda Electrónica Notarial, que empezará a funcionar a partir del próximo mes de septiembre, y que permitirá a cualquier interesado conocer la agenda de disponibilidad de los notarios para otorgar las escrituras de constitución de sociedades. De esta forma, el solicitante podrá obtener una cita notarial vinculante en muy poco tiempo.

 

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